Cooperar

Diferencias esenciales con las empresas lucrativas

Se han conocido declaraciones sobre la supuesta competencia desleal de las cooperativas respecto a otro tipo de firmas por el hecho de estar exentas del impuesto a las Ganancias. Cooperar cree que estas expresiones, lejos de evidenciar desconocimiento, intentan deslegitimar al movimiento y a sus ideales solidarios, que difieren significativamente de las conductas de las empresas lucrativas.

Así lo manifestó la Confederación Cooperativa de la República Argentina en respuesta a las declaraciones publicadas por el diario La Nación el 13 de julio, en las que el presidente de la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), Claudio Cesario, señaló que el Credicoop “no sufre la misma presión por los impuestos, ya que están exentos de pagar algunos”.
En un comunicado, la confederación recordó que las cooperativas están obligadas a pagar una contribución especial al capital con una alícuota del 2% de la diferencia entre el activo y pasivo al fin de cada período anual, de acuerdo con la ley 23.427.
Además, reafirmó que “el correcto tratamiento tributario aplicable a las cooperativas debería ser el de considerarlas no sujetas al impuesto a las ganancias pues, por su naturaleza, los actos que realicen con sus asociados no deberían quedar alcanzados por no encuadrar en la definición del hecho imponible, el que tiene a la onerosidad como uno de sus fundamentos liminares”.
Estos lineamientos se deben a que, “al no perseguir propósitos de lucro y porque además la Ley de Cooperativas N° 20.337 manda retornar a sus asociados, en proporción a los servicios utilizados por cada uno, los importes percibidos en exceso de su costo estricto, los actos cooperativos no tienen en definitiva connotación onerosa”.
El comunicado reconoce que “no es la primera vez que el movimiento cooperativo tiene que enfrentar críticas por distintas medidas fiscales que lo benefician debido a su condición de entidades no lucrativas, aunque éstas compensaciones sean menos profundas que las que el propio movimiento cooperativo se merece”.
Acerca de la cuestión de la rentabilidad, preocupación comentada por Cesario en la nota periodística señalada, Cooperar apuntó que ese concepto “para una entidad cooperativa no es el mismo que para el resto de las empresas pues, mientras para estas últimas el objetivo es la obtención de la máxima rentabilidad posible, para las cooperativas, en cambio, quedan vedadas las ganancias excepcionales”.
De allí se desprende un concepto diferente conocido como rentabilidad necesaria, “que significa obtener los resultados positivos necesarios para mantener la cuota de mercado prevista, y poder implementar los cambios organizacionales, tecnológicos y estructurales que el crecimiento demanda, a la vez de lograr los niveles de capitalización exigidos por las normativas locales e internacionales”.

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