Se cumplió una década de vigencia de la ley 13.360 de la provincia de Buenos Aires, que deja fuera del alcance de los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos a los actos cooperativos, es decir las operaciones efectuadas entre las cooperativas y sus asociados.
El contador Rubén Alfredo Masón, en ese momento presidente de la Federación Argentina de Cooperativas de Consumo (FACC) y hoy presidente honorario de esa institución y su representante ante la Confederación, fue el autor y principal impulsor de esa iniciativa.
“La posición que veníamos sosteniendo desde 1977, en el sentido de que las cooperativas debían tener un tratamiento tributario adecuado a su particular naturaleza, fue receptada por el artículo 41 de la Constitución Provincial en ocasión de la reforma aprobada en 1994”, comentó, con motivo de cumplirse el 10 de agosto la primera década de vigencia de esta ley.
Sobre finales del año 2004, tanto Cooperar como Coninagro acogieron su propuesta de plantear la modificación del Código Fiscal para hacer efectiva la manda constitucional y lo acompañaron en las gestiones que culminaron exitosamente en la Legislatura bonaerense, a mediados de 2005.
“La referida norma de la Constitución –explicó Masón– nos respaldó cuando tuvimos que enfrentar tres fallidos embates del actual Gobernador (en 2011, 2012 y 2013), que pretendía derogar la ley 13.360. Explicamos a senadores y diputados que si bien la cooperativa y su asociado son entes jurídicos distintos, desde el punto de vista económico constituyen un mismo sujeto y, por lo tanto, las operaciones que tienen lugar dentro de la organización no pueden ser materia imponible de los tributos que gravan las transacciones.”
En los recientes debates internos realizados en Cooperar para analizar el Anteproyecto de Ley de la Economía Solidaria quedó evidenciado que es necesario lograr que también las demás jurisdicciones provinciales otorguen el encuadramiento tributario que merece el acto cooperativo.