Cooperar

Acerca de la defensa del trabajo cooperativo en la estiba de los puertos

El proceso judicial contra algunas personas vinculadas a la cooperativa que presta servicios de estiba en el Puerto de General San Martín, provincia de Santa Fe, ha dado lugar a múltiples comentarios y afirmaciones que desdibujan frente a la comunidad el papel de las cooperativas de trabajo.

Por ello, y en cumplimiento de su responsabilidad en la defensa y promoción del cooperativismo, la Confederación Cooperativa de la República Argentina declara:

• Que todos los trabajadores tienen derecho a adoptar la organización cooperativa para desarrollar cualquier actividad. Esto no es solo un derecho: es algo deseable de acuerdo a lo que establece la Recomendación 193/2002 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

• Que el objetivo de toda cooperativa de trabajo debe ser mejorar las condiciones de trabajo respecto a los trabajadores asalariados, no precarizar. No hay contradicción entre contar con un patrimonio importante, que los trabajadores reciban una buena remuneración y ser una cooperativa legítima. La contradicción existe sólo en caso de que parte de la riqueza generada por todos los asociados sea indebidamente apropiada por una camarilla a las espaldas de la voluntad mayoritaria. Para que ello no ocurra existen la asamblea de asociados (donde todos tienen un voto), la sindicatura, la auditoría externa obligatoria, el control del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, y finalmente la justicia en el caso de que lo anterior no haya sido suficiente.

• Que no existe contradicción entre la organización sindical de los trabajadores y la organización cooperativa de los trabajadores. Los sindicatos no sólo tienen derecho a promover la organización cooperativa, sino que esto forma parte de la recomendación que realiza la OIT a las organizaciones sindicales: “debería alentarse a las organizaciones de trabajadores a contribuir a la creación de nuevas cooperativas y participar en las mismas, con miras a la creación o al mantenimiento de empleos, incluso en los casos en que se contemple el cierre de empresas” (Recomendación 193/2002 OIT, Punto 16, inc. d).

• Que en el marco de la fuerte asimetría de poder de negociación entre los estibadores y las empresas que operan en los puertos por donde circula gran parte de la riqueza de nuestro país, es posible y deseable que los trabajadores cuenten con sus propias empresas para participar en las mejores condiciones de la cadena de valor, en el marco de reglas de juego que deben ser veladas por las autoridades públicas en defensa del trabajo decente y la transparencia de los mercados, en particular para garantizar una inserción competitiva de los productores agropecuarios en el mercado internacional.

• Que ningún procesamiento judicial de un asociado de una cooperativa debe afectar el derecho al trabajo del resto de los asociados, ni su voluntad de continuar haciéndolo a través de la organización cooperativa.

• Que debe evitarse el aprovechamiento de estas circunstancias para favorecer en forma indebida a empresas con intereses contrarios a la cooperativa y a los trabajadores en general.

Por todo ello solicitamos:

• La mayor celeridad de la justicia para cumplir con el proceso judicial iniciado, en aras de garantizar que todo delito sea castigado, y de minimizar los perjuicios a todos aquellos injustamente afectados.

• Facilitar la inmediata operatoria de la Cooperativa de Trabajadores Portuarios de San Martín, con todos los recaudos que se estimen necesarios, a los efectos de garantizar el derecho al trabajo y no provocar daño económico a esta empresa, ni a su patrimonio que es propiedad de los trabajadores asociados.

• Defender la organización cooperativa de los trabajadores en el Puerto General San Martín como medio para garantizar la defensa de los mismos y para que los beneficios de la actividad se vuelquen en la comunidad vinculada al puerto.

Finalmente, como organización nacional del cooperativismo argentino, ofrecemos nuestra colaboración para favorecer el fortalecimiento de la presencia cooperativa en el puerto y así garantizar la mayor transparencia en beneficio de sus trabajadores y de sus usuarios.

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